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Multa por exceso de velocidad
Radares fijos, móviles, de tramo o desde helicóptero y dron. Es la multa más frecuente y también una de las que más detalles técnicos tiene que cumplir para ser válida.
Empezar ahora- Importe
- 100 € – 600 €
- Puntos
- 0 a 6 puntos
- Vía
- Administrativa; judicial en el exceso más grave
Qué revisamos
- Que se haya aplicado el margen de error legal del cinemómetro
- Certificado de verificación metrológica en vigor del radar
- Que la foto identifique el vehículo sin ninguna duda
- Señalización del límite de velocidad en el tramo
- Plazos de notificación y de prescripción
Documentos que conviene reunir
- La notificación de la multa
- La fotografía, si la tienes
- Permiso de circulación del vehículo
Motivos habituales
Margen de error no aplicado
La velocidad sancionable es la medida menos el margen legal del aparato (Orden ITC/3123/2010). Si no se descuenta, el tramo de sanción puede ser otro.
Radar sin verificación vigente
Todo cinemómetro debe superar una verificación periódica. Si el certificado no está en vigor el día de la denuncia, la medición pierde valor de prueba.
Identificación dudosa
Si la fotografía no permite identificar con claridad la matrícula o hay varios vehículos en el encuadre, se puede discutir a quién corresponde la medición.
Defectos de notificación
Una notificación mal practicada puede dejar sin efecto el plazo y, en ocasiones, llevar a la prescripción.